Requisitos para la Inscripción como Transporte Turístico

Requisitos para la Inscripción como Transporte Turístico

Requisitos para la Inscripción como Prestador de Servicio de Transporte Turístico en la Provincia de Catamarca

(Artículo 50 – Ley Provincial de Transporte 4.906)

Artículo 50: Toda persona o empresa que desee realizar servicio de transporte turístico deberá estar inscripta ante la Secretaría de Gestión Turística o en el órgano provincial que en el futuro la reemplace, acreditando los recaudos que determine esa autoridad de aplicación a efectos de la inscripción.

Además del recaudo establecido en el párrafo anterior, el solicitante deberá cumplimentar ante la Dirección Provincial de Transporte lo siguiente:

a) Nombre y apellido del solicitante. Cuando se trate de sociedades se acompañara copia legalizada del contrato social, el que deberá incluir dentro del objeto social la posibilidad de realizar transporte de persona.

b) Declaración jurada de bienes a los efectos de demostrar su capacidad patrimonial, en relación con el capital comprometido, rubricado por un Contador Publico Nacional.

c) Domicilio real y constitución de domicilio legal en la provincia.

d) Designación de representante legal con poderes suficientes.

e) Inscripción que acredite la calidad de comerciante.

f) Constancia de la inscripción ante los organismos impositivos y previsionales.

g) Certificado de buena conducta.

h) Nómina de los vehículos ofrecidos al servicio, los que deberán poseer como mínimo, una capacidad de 8 asientos mas los correspondientes al conductor y guía y cumplir con las exigencias contenidas en la resolución de la Secretaria de Transporte de la Nación Nº 395/89 y normas complementarias, sin perjuicios de adoptar otras exigencias que establezca la Dirección Provincial de Transporte conforme a la naturaleza de los recorridos a explotar. Se acompañara una planilla donde conste las características de los vehículos y constancia de revisión técnica expedida por la Dirección Provincial de Transporte o por el organismo en que este hubiere delegado tal función.

i) Título de propiedad de vehículos o cédula de identificación a nombre del solicitante, o constancia de haber iniciado el tramite ante el Registro Nacional de Propiedad del Automotor.

j) Póliza de seguro en la forma ya establecida para el servicio regular.

k) Itinerarios o circuitos a explotar, dentro de los corredores turísticos establecidos por la autoridad de aplicación en materia de turismo.

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Requisitos generales para Guías de Turismo

Requisitos generales para Guías de Turismo

Requisitos Generales para Inscripción como Prestador de Guía de Turismo de la Provincia de Catamarca – Ley N° 5391 – Art. 3

 

Condiciones generales

Ser Argentino, nativo, por opción o naturalizado. Residente en la   Provincia de Catamarca con un mínimo de cuatro (4) años.

Ser mayor de 18 años.

Documentación a presentar:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad (primera y segunda hoja). b) Dos (2) fotos carnet color.

c) Certificado de antecedentes expedido por la autoridad policial. d) Constancia de CUIL/CUIT y Cédula Fiscal de Rentas provincial. Original o Fotocopia

  • Constancia de CUIT – AFIP. Deberá presentar las constancias de inscripción por ante la AFIP con el Código de la actividad que realiza y actualizada. No se tomará como válida la credencial de pago del monotributo.
  • Cédula Fiscal de Rentas Provincial

Expedida por la Administración General de Rentas de la provincia. La misma debe ser vigente a la fecha de presentación de la documentación.  Asimismo, debe tener declaradas en tal documentación la actividad que solicita su inscripción y el código nomenclador actualizado. e) Certificado de domicilio o de residencia expedido por la autoridad policial. f) Certificado Psicofísico emitido por autoridad oficial competente.

  • Certificado de buena salud otorgado por un organismo municipal, provincial o nacional.
  • Certificado médico de aptitud psicológica emitido por profesional matriculado.

g) Currículum Vitae. h) Copia autenticada del Título habilitante, certificado analítico y otras certificaciones de capacitación adquirida, según corresponda. i) Reunir los demás requisitos que se exigen por categoría; (Art. N° 3 Ley N° 3591). j) Póliza de seguro personal que disponga la reglamentación. k) Constancia de curso de primeros auxilios impartido por institución calificada en la materia y avalada por autoridad competente.  Nota: La Habilitación tendrá un periodo de validez de un año.

Requisitos para Renovar el Carnet:

a) Dos (2) fotos carnet color.

b) Certificado de antecedentes expedido por la autoridad policial. c) Constancia de CUIL/CUIT y Cédula Fiscal de Rentas provincial. Original o Fotocopia

  • Constancia de CUIT – AFIP. Deberá presentar las constancias de inscripción por ante la AFIP con el Código de la actividad que realiza y actualizada. No se tomará como válida la credencial de pago del monotributo.
  • Cédula Fiscal de Rentas Provincial

Expedida por la Administración General de Rentas de la provincia. La misma debe ser vigente a la fecha de presentación de la documentación.  Asimismo, debe tener declaradas en tal documentación la actividad que solicita su inscripción y el código nomenclador actualizado. d) Certificado de domicilio o de residencia expedido por la autoridad policial. e) Certificado Psicofísico emitido por autoridad oficial competente.

  • Certificado de buena salud otorgado por un organismo municipal, provincial o nacional.
  • Certificado médico de aptitud psicológica emitido por profesional matriculado.

f) Póliza de seguro personal que disponga la reglamentación. Nota: La Renovación tendrá un período de validez de un año.

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